lunes, 19 de diciembre de 2011

09. Finalidad de la decisión (culpabilidad/inocencia y sentencia)

9.2 Consideraciones adicionales
Las partes deberán tener la posibilidad de impugnar las decisiones ante el Tribunal Contencioso Administrativo. Algunos miembros del Grupo de trabajo sugirieron que tan sólo debería ser impugnable la decisión de culpabilidad o inocencia.

Todas las decisiones irrevocables para imponer la suspensión temporal o permanente de la práctica de la profesión, así como las decisiones de inocencia del abogado acusado, deberán ser impugnables. Algunos sugirieron que las sanciones inferiores a 1 año no fuesen impugnables.

El Tribunal Contencioso Administrativo deberá tomar una decisión relativa a la validez o nulidad de la decisión del Comité disciplinario.

El cliente y el abogado deberán estar autorizados para impugnar las decisiones. El Grupo de trabajo no estaba seguro si la Dirección general de profesiones o los Colegios de abogados deberían estar autorizados para impugnar una decisión “por el interés público”.

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